miércoles, 3 de junio de 2015

actividad 2 unidad 3 Oferta Exportable

UNADM

Mercadotecnia Internacional                    Oferta Exportable



Alumno: Enrique Valencia     Matricula: AL10528527




  1. Determina de forma específica los elementos que debes tomar en cuenta para elegir el medio de transporte adecuado para llevar a cabo la exportación de tu producto. Realiza tu elección explicando las ventajas que tiene respecto de otros medios de transporte.
El transporte es un factor de suma importancia para determinar el precio y por consiguiente, la venta de los productos; en algunos casos puede significar el fracaso o éxito que tenga una empresa con sus operaciones de comercio exterior.
Para poder competir de manera exitosa en los mercados internacionales es necesario efectuar un análisis detallado sobre el medio de transporte a utilizar, considerando su costo y la oportunidad en la entrega. A menor tiempo de transporte, menor es el riesgo.
Además del precio, se deben considerar otros factores al elegir un medio de transporte como lo son los beneficios que ofrece un transportista, los acuerdos a los que se lleguen, el tiempo de entrega, la disponibilidad, etc.
Conocer los aspectos referidos al transporte internacional es fundamental por la incidencia del medio elegido en los costos de las operaciones de comercio exterior, los riesgos de traslado de las mercancías y las tareas operacionales paralelas que cada medio de transporte genera. Para la selección del medio de transporte apropiado, se debe tener en cuenta:
  • El tipo de mercadería a exportar.
  • El empaque y embalaje.
  • Las urgencias de envío.
  • El manipuleo que deba hacerse de la carga.
  • La disponibilidad de medios de transporte.
  • Tarifas.
El tipo de transporte idóneo seriá  MULTIMODAL
VENTAJAS
  • Contrato de transporte entre un DIM y su cliente.
  • Mayor seguridad.
  • Proporciona precios pre3eviamente acordados para las operaciones puerta a puerta.
  • Propicia nuevas oportunidades comerciales para exportaciones no tradicionales como consecuencia de mejores servicios de transporte.

  1. Elabora un diagrama de flujo que muestre los pasos a seguir, así como el tiempo  de cumplimiento de cada uno en el transporte de tu producto al país de destino, desde que lo tienes en tu bodega listo para exportar, hasta que llegue al comprador final en el país de destino.

  1. Investiga, cotiza y compara entre dos opciones de transportistas, por lo menos, el costo del flete y del seguro de envío de acuerdo a un pedido de exportación que tú definas para ejemplificar en este proyecto de exportación.
Una de las opciones es la empresa Línea Peninsular. Línea Peninsular realiza todas las semanas un viaje directo al puerto de Houston, el cual de la misma manera sale los viernes rumbo a Progreso. El servicio de Línea Peninsular conecta a Progreso, tanto con el puerto de Houston como con todo Estados Unidos y Canadá, ofreciendo igualmente la posibilidad de conectar con el resto del mundo a través del Acuerdo de Transporte de Conexión, (Conection Carrier Agreement), que ha firmado recientemente con las navieras mundiales, la alemana Hapag Lloyd y la coreana Hanjin Shipping.

Otra naviera que tiene una amplia presencia en el mercado BRASILEÑO es Hamburg Süd, de la cual tuvimos la siguiente cotización:

Progreso / Houston

2,100 usd + 500 Trans charge + 225 usd baf + 10 usd isps + 35 usd change fee+ 25 usd bl / 20 Dc

Total: 2,895 USD.
 Se eligió la naviera Línea Peninsular debido a que el tiempo de traslado puerto origen – puerto destino es menor en ésta línea, ya que Hamburg Süd muchas veces llega con atraso debido a que antes de llegar a Progreso toca muchos puertos donde puede presentar retrasos, mientras que Línea Peninsular tiene viajes concretos y directos entre Progreso – Houston.

Sin embargo, ambas son empresas establecidas y con mucho prestigio a nivel nacional e internacional.


4. Determina qué cláusulas deben establecerse, como obligatorias, en los contratos de transporte.
 Generalmente las normativas de transporte son de derecho público: autorización para la empresa de transporte, tarifas.

Es aquel por el cual el porteador se obliga, mediante un precio (flete), a trasladar de un lugar a otro a personas o cosas.

 Arto. 3097 C  -Es un contrato de obra, el portador cumple si pagan el precio. Es consensual, oneroso, bilateral, el contrato es de adhesión, es real, es un contrato a favor de terceros

 Naturaleza mercantil. Arto. 369,3, 20 CC Es mercantil, cuando tiene por objeto mercadería o cualquier efecto de comercio. Cuando sea, cual, sea su objeto, el porteador sea comerciante.

Elementos del contrato  - Porteador  - Prestación (precio, flete).

 Elementos personales del contrato p -Porteador (empresa): es la persona que se obliga a ejecutar el transporte. A trasladar la mercancía de un lugar a otro. Puede contratar otro la conducción de la mercancía. Arto. 370, 421 CC  -Cargador (remitente): Persona que entrega al porteador las cosas para su transporte. Es el acreedor del transporte en la primera fase. 369 CC.

Consignatario (destinatario): Aquel a quien a cuya orden va dirigida la cosa. Es el que recibe prestación de transporte una vez que ha sido efectuado. Éste permanece extraño de la relación jurídica hasta que solicita la entrega de la cosa. Cumplido el contrato éste le devuelve al porteador la carta porte. Extraviada la carta porte éste entregará un recibo de los objetos produciendo esto los mismo efectos de la carta porte. Arto. 388, 376.2 CC

Carta porte: Es un título de tradición de carácter causal, los derechos incorporados en la carta se rigen por el contrato de transporte. Recoge los datos que describe el contrato. Se extiende de a favor del consignatario de forma nominativa, a la orden o al portador. Arto. 375 CC. La posesión del título equivale a la posesión de la mercancía. Cuando se entrega la mercancía se devuelve al porteador. Arto. 377, 374 CC. Es extendida por el porteador y entregada al cargador, también podrá el porteador tener una copia. El cesionario, endosatario, portador de la carta, se subroga todas las obligaciones y derechos del cargador.

Requisitos de la carta porte. 374 CC 1. Nombre, apellido, domicilio del porteador, cargador, consignatario. 2. Descripción de la mercadería, género, calidad, peso, medida, marcas, signos exteriores de los bultos en que se contengan. Arto. 392 CC Precio del transporte. 4. Fecha de expedición 5. Lugar de entrega al porteador. p 6. Lugar y plazo en que ha de entregarse al consignatario. 7. Indemnización en caso de retardo, salvo pacto en contrario. Arto. 378 CC.

La omisión de uno de los requisitos de la carta porte, no invalidará la carta porte, no destruirá la fuerza probatoria. Arto. 378 CC.

 Obligaciones del cargador. 381 CC 1. Entregar las mercancías convenidas. 2. Entregar los documentos necesarios de la mercancía: fiscales, municipales  3. Sufrir las sanciones fiscales en su caso: comisos, multas. Indemnizar al porteador por las violaciones sufridas.

Sufrir las pérdidas y averías de las mercancías, que proceda por vicios propios a ella o caso fortuito. Salvo lo dispuesto en el arto. 383.9,10 CC. 5. Indemnizar al porteador por el incumplimiento del contrato. 7. Remitir la carta porte al consignatario, para que pueda reclamar la mercadería. 8. Pagar el precio o porte
Derechos del cargador. 382 CC 1. Puede variar la consignación de las mercancías, si diere lugar el aviso al porteador y entregare la carta porte. 389.1 CC Varias la ruta convenida, avisando al porteador y cambiando la carta porte, pagando el flete. 3. Rescindir el contrato antes o después de iniciarse el viaje. 371, 372 CC.

 Obigaciones del porteador. Arto. 383, CC 1. Recibir la mercancía en el lugar y tiempo convenido. 2. Emprender y concluir con el viaje en el plazo y ruta señalada en el contrato. 3. Verificar el viaje. 4. Cuido y conservación de la mercancía hasta la entrega al consignatar

 Entregar la mercancía al tenedor de la carta porte., de acuerdo a su peso, cuenta y medida. 6. A pagar la indemnización por retardo en caso de que le sea imputable. p 7. Pagar las averías, perdidas en su caso. 8. Indemnizar en caso de incumplimiento del contrato.

 Derechos del porteador. Arto. 384 CC 1. Recibir la mitad del precio, si por negligencia o culpa del cargador no se verificare el viaje o a pagar el total del precio, siempre que se haya convenido el uso exclusivo del transporte y el porteador no haya podido transportar otras mercancías. 2. A rescindir el viaje por fuerza mayor o a continuarlo, removido el obstáculo anterior. 3 Exigir del cargador la apertura y reconocimientos de los bultos que contengan las mercancías en el acto de su recepción. 4. A que el consignatario le reciba de la carga averiada, las mercancías ilesas. 5. Retener las mercancías, mientras no se le pague el porte.  6. Podrá hacer depósito judicial cuando el consignatario no se encuentre o se rehúsa recibir las mercancías.

 Responsabilidades del porteador p 1. Por recibo de las mercancías sin reclamación. Arto. 388 CC p 2. Por el transcurso de los 6 meses en las expediciones verificadas dentro de la república y en un año en las que tenga lugar para el extranjero.

Prescripción. Arto. 3111 C  Las acciones que nacen del transporte, sea en pro o en contra de los empresarios, no duran más de seis meses después de concluido el viaje. Arto. 386 CC éste arto.

 Obligaciones del consignatario. Arto. 388 1. Recibir la mercancía si demora.  2. A abrir y reconocer los bultos que contengan las mercancías en el acto de su recepción, cuando lo solicite el porteador. En caso contrario, el porteador quedara libre de responsabilidad. p 3. Devolver la carta porte o el recibo en su caso. Arto. 376 CC 4. Pagar al porteador el porte y otros gastos en su caso. 5. Ejercer dentro de 24 horas de recepcionada la mercancía las reclamaciones al porteador p 6. A cumplir con las órdenes del cargador, dándole cuenta, sin pérdida de tiempo, de cuanto ocurra relativo a las mercancías porteadas.

Derechos del consignatario. Arto. 389 CC p 1. A que se le entreguen las mercancías. p 2. A no recibir la mercancía solamente en los casos en el título y además, cuando su valor no alcance a cubrir los gastos o desembolsos que deba hacer para su recepción, conservación y venta, a no ser que tenga fondos suficientes del cargador. 3. A que los anticipos que haya hecho con motivo de la entrega de la carga, se le reintegren desde luego, sin esperar a que se cubran con su precio; 4. A todo lo demás que está prevenido en las disposiciones de este 

El Contrato de Exportación que se utiliza en las ventas internacionales de ciertos productos (materias primas, alimentación y bebidas, productos de consumo, suministros industriales) que están destinados a la reventa, es decir, el comprador es un importador, distribuidor o mayorista que los va a vender a otra empresa o establecimiento detallista. En el caso de ventas internacionales de productos destinados al cliente final o de productos complejos (maquinaria, bienes de equipo, etc.) que tienen garantía o servicio post-venta es preferible utilizar el Contrato de Compraventa Internacional. Este contrato se utiliza para ventas concretas que no tienen continuidad. Si se trata de ventas repetitivas del mismo producto al mismo cliente durante un período de tiempo determinado, debe utilizarse el Contrato de Suministro Internacional.

Algunas de las cláusulas más relevantes del Contrato de Exportación son: • Precio del Contrato • Forma de pago • Plazo de entrega • Reserva de dominio • Falta de conformidad de los productos.

El precio indicado en este Contrato (precio estipulado) incluye los gastos por cuenta del vendedor en virtud de este Contrato. En consecuencia, en el caso de que el Vendedor hubiera soportado gastos que, con arreglo a este Contrato, correspondieran al Comprador (por ejemplo, gastos de transporte internacional o de seguro de transporte en el caso de condiciones de entrega EXW o FCA), el importe de dichos gastos no se incluyen en el precio que figura en esta cláusula, y el Comprador los deberá reembolsar al Vendedor.” “Salvo disposición contraria, el precio no incluye IVA, ni otros impuestos, y no puede ser modificado.”

 3.1 CLÁUSULA DE PRECIO DEL CONTRATO Ver ejemplo de Contrato de Exportación.
El pago se realizará mediante”: Alternativa A. “Efectivo, cheque o transferencia bancaria a [30, 60, 90] días naturales desde la fecha de facturación.” Alternativa B.

“Remesa documentaria (letras o recibos) domiciliada en la oficina y cuenta bancaria designada por el Vendedor.” Alternativa C. “Carta de crédito irrevocable (L/C).” 3.2 CLÁUSULA DE FORMA DE PAGO Ver ejemplo de Contrato de Exportación
 [Elegir una de las siguientes alternativas] Alternativa A. “La entrega tendrá lugar antes de ................................. [insertar una fecha concreta].” Alternativa B. “La entrega tendrá lugar durante ................................. [insertar un período de tiempo concreto; por ejemplo: la segunda semana de septiembre de 2013 o el mes de octubre de 2013]. Alternativa C. “La entrega tendrá lugar en un plazo de [30, 60, 90] días naturales desde la firma del presente Contrato.” Alternativa D. “La entrega tendrá lugar en un plazo de  [30, 60, 90] días naturales a contar desde la fecha en la cual el Vendedor recibe el pago que cubre la totalidad del precio.” Alternativa E. “La entrega tendrá lugar en un plazo de  [30, 60, 90] días naturales a contar desde la fecha en la cual el Vendedor recibe el primer pago.” Alternativa F. “La entrega tendrá lugar en un plazo de  [30, 60, 90] días naturales a contar desde la fecha en la cual el Vendedor recibe la notificación de la apertura de la Carta de Crédito (L/C) por parte del Comprador.” 3.3

CLÁUSULA DE PLAZO DE ENTREGA Ver ejemplo de Contrato de Exportación
Se entiende que los productos objeto de este Contrato continúan siendo propiedad del Vendedor, mientras el Comprador no haya satisfecho el pago total de su precio. Hasta entonces se considera que los productos están en calidad de depósito en poder del Comprador, debiendo éste cumplir con todas las obligaciones como tal depositario, si bien podrá usar de los mismos con la diligencia de un buen administrador.”

CLÁUSULA DE RESERVA DE DOMINIO Ver ejemplo de Contrato de Exportación
El Comprador examinará la mercancía lo antes posible desde su llegada a destino, y notificará al vendedor por escrito cualquier falta de conformidad en los 15 días naturales siguientes a la fecha en que descubrió o hubiera debido descubrir la falta de conformidad. En ningún caso el Comprador podrá recibir una indemnización por falta de conformidad si no lo ha notificado al Vendedor en los 12 meses siguientes a la fecha de llegada de los productos al destino pactado.

5. Determina qué símbolos debe llevar el empaque y embalaje de tu producto a la exportación.


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